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Los mercados y la reforma de las pensiones, de Jose Luis Feito en Expansión

A FONDO

A comienzos del año pasado, en la reunión del Ecofin y en el programa de estabilidad enviado a la Comisión Europea, el Gobierno se comprometió a elevar la edad legal de jubilación hasta los 67 años y ampliar el periodo de cómputo de la base reguladora desde los 15 años actuales hasta los 25 años. La retirada de este compromiso ante la airada reacción de los sindicatos y de algunos miembros del partido en el Gobierno fue uno de los detonantes, ciertamente no el único ni quizá el más importante pero sí de gran relevancia, de la crisis de la deuda que alcanzó su apogeo a mediados de mayo de 2010. El riesgo principal ahora es que algunas de dichas medidas se suavicen o se instrumenten en dosis exageradamente homeopáticas. España tiene que hacer más que casi todos los otros países en este ámbito, porque la dinámica presupuestaria de nuestro sistema de pensiones a medio y a largo plazo es peor que la de casi todos ellos y porque el ajuste de nuestra economía ha de ser también más intenso que el de los países con un menor nivel de deuda externa que el nuestro.

¿Por qué los mercados, las autoridades económicas alemanas y las instituciones económicas internacionales como el BCE, la Comisión Europea, el FMI o la OCDE no se van a contentar con un aumento excesivamente gradual de la edad legal de jubilación? Se podría contestar diciendo que dicha instrumentación no generaría los ahorros necesarios para impedir la aparición de déficit en el sistema y el consiguiente aumento de la deuda pública neta en la segunda parte de la década que ahora empieza (el hecho de que el fondo de reserva de la Seguridad Social pueda cubrir los déficit del sistema por algún tiempo no impide el aumento de la deuda pública neta).

Esta respuesta se ha de enmarcar dentro de la preocupación principal de mercados e instituciones internacionales sobre la economía española: el volumen exagerado de nuestra deuda externa neta en proporción al PIB. Para estabilizar dicho ratio, y no digamos para reducirlo siquiera marginalmente, España debe alcanzar el equilibrio de la balanza de pagos de bienes y servicios (actualmente deficitario, un 2% del PIB) y, al mismo tiempo, crecer a ritmos cercanos al tipo de interés real que paga por la deuda externa. Este proceso entraña una alteración radical del marco institucional de nuestra economía, fundamentalmente del sistema financiero, del mercado de trabajo y del tamaño y políticas de las Administraciones Públicas (incluido el sistema de pensiones), que apenas se ha iniciado.

Una transformación posible

Lo que piden los mercados para invertir en España, de hecho para no desinvertir, son señales que indiquen claramente la posibilidad de una transformación institucional capaz de conciliar el ajuste de la deuda externa con el crecimiento de nuestra economía. Por eso, las decisiones políticas en el ámbito del saneamiento y capitalización de parte del sistema financiero, de la reforma de las pensiones, del reglamento de la reforma de la contratación y de la reforma de la negociación colectiva tienen un impacto tan abultado sobre la prima de riesgo. Por eso, con independencia de que los efectos de algunas de estas reformas sobre su campo estricto de aplicación sean más o menos dilatados, estas decisiones tienen consecuencias inmediatas sobre el coste de financiación de España.

En el área de las pensiones, como en todos esos otros ámbitos, las exigencias de los mercados y de los organismos internacionales no son caprichosas, ni mucho menos contraproducentes, para el bienestar del país. Al contrario, son medidas imprescindibles para fomentar el crecimiento económico y estabilizar la deuda externa neta a medio plazo y, en el caso de las pensiones, asegurar su viabilidad a largo plazo. La generosidad y la dinámica demográfica de nuestro sistema de pensiones entraña una carga fiscal sobre las generaciones futuras, vale decir, sobre el futuro de nuestra economía, sensiblemente superior a la de casi todos los demás países europeos y claramente insoportable. En lo que sigue, se intenta justificar esta afirmación explicando de la manera más simplificada posible la aritmética elemental de la dinámica de nuestro sistema de pensiones.

El equilibrio del presupuesto del sistema en cada periodo exige que el gasto en pensiones, la pensión media (p) multiplicada por el número de pensionistas (P), sea igual a los ingresos resultantes de aplicar un impuesto (t) al conjunto de las rentas salariales de los trabajadores activos, esto es, al producto del salario medio por el número de activos (w x L). La carga fiscal del sistema de pensiones (t), el porcentaje de los costes salariales que se ha de dedicar a pagar pensiones, se puede expresar como la razón resultante de dividir la proporción del salario medio que representa la pensión media (p/w) entre el número de activos en proporción al número de pensionistas (L/P). La interpretación de esta igualdad es inmediata: la carga fiscal que entraña el pago de las pensiones es tanto mayor cuanto mayor sea la pensión media en proporción al salario medio (la denominada tasa de sustitución) y cuanto menor sea el número de activos por pensionista.

En la actualidad, la proporción p/w se sitúa alrededor del 80% (la más elevada de la OCDE, después de Luxemburgo) y el cociente L/P alrededor de 3, lo que arroja una carga fiscal en el entorno del 25%. Cualquier proyección de la población española para los próximos 20 ó 30 años contempla como mínimo una caída a la mitad del número de activos por pensionista, esto es una reducción mínima del 50% del cociente L/P. Suponiendo que la tasa de sustitución (p/w) permaneciera constante a lo largo de dicho periodo en el 80% actual, lo anterior implica que se terminaría casi duplicando la carga fiscal actual. Esto es, sin reformas sustanciales del sistema de pensiones que sean capaces de frenar el aumento de pensionistas en proporción al número de activos y de reducir la proporción del salario que representa la pensión, el crecimiento de la carga fiscal necesaria para pagar las pensiones estrangularía la actividad económica y la creación de empleo, obligando antes o después a un recorte drástico de las pensiones.

De las dos medidas propuestas para corregir los abultados desequilibrios latentes del sistema, aumentar el periodo de cálculo de la base reguladora y la correspondencia entre años de contribución y porcentaje de la pensión máxima a percibir, y elevar la edad mínima legal de jubilación, ésta última es, con mucho, la más decisiva. El aumento de la edad legal de jubilación en dos años, siempre y cuando se instrumente adecuadamente, supone una reducción de la carga fiscal futura entre tres y cuatro veces superior a la reducción que se deriva de la primera medida. Esto es así porque la elevación de la edad legal simultáneamente aumenta el número de activos y reduce el número de pensionistas, incrementando por tanto L/P. Además, al reducir el ritmo de entrada en el stock de pensionistas de trabajadores con pensiones superiores a la media del stock, disminuye también la tasa de sustitución (p/w). Evidentemente, los ahorros serían aún mayores si la reforma actual corrige las distorsiones del sistema de pensiones (y del mercado de trabajo) que incentivan la prejubilación y la jubilación anticipada.

Ojalá que, a diferencia de lo que ocurrió con la reforma de la contratación, en lo concerniente a las pensiones y a la negociación colectiva el Gobierno no sólo acierte con el diagnóstico, sino también con la receta necesaria y la posología.

Jose Luis Feito. Miembro del Consejo Asesor de EXPANSIÓN y ‘Actualidad Económica.

Publicado por Reggio's

20 Enero, 2011, a las 8:08 am

Colgado en: Economía, Laboral

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