Préstamo forzoso al Estado vía impuestos, de Salvador Ruiz Gallud en Expansión
OPINIÓN
Acuciado por sus necesidades de financiación, el Gobierno ha decidido introducir una importante quiebra en la naturaleza de los pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades, anunciando medidas todavía por desvelar para conseguir un inmediato incremento en su recaudación de 2.500 millones de euros para octubre y diciembre de 2011. Se dice desde el Gobierno que ese cambio afectará sólo a las grandes empresas (grosso modo, las que facturan cada año más de 6 millones), quizá para vestir políticamente una decisión poco adecuada. Pero ese colectivo, que también está soportando la crisis, es clave en el mercado de trabajo español. Además, el cambio habrá de ser cuantitativamente muy relevante. Si se piensa que en 2010 los pagos fraccionados de octubre y diciembre ascendieron en total a 5.874 millones de euros, la subida pretendida por el gobierno supondrá un aumento del 42,5% sobre esa cifra. Si además se considera que el pago fraccionado de abril de 2011 ha caído para las grandes empresas un 14,79% respecto de 2010, el incremento de octubre y diciembre habrá de ser nada menos que del 50% de la cifra inicialmente previsible.
Para conseguir ese aumento recaudatorio, y si no acude a técnicas más burdas, el Gobierno no sólo deberá elevar el tipo del 21% en general aplicable sobre la base imponible acumulada desde enero hasta el mes anterior al de pago septiembre o noviembre , sino que también alterará probablemente las reglas de cálculo de esa base imponible. Los grupos de entidades que han optado por tributar en consolidación fiscal, régimen del todo razonable, pueden ser los mayores perjudicados por el cambio, existiendo el riesgo de que se les niegue la compensación de bases positivas y negativas entre empresas del grupo, se les impida el óptimo aprovechamiento de la libertad de amortización o se les exija tributar por los resultados generados en operaciones intragrupo. Porque el pago fraccionado tiene carácter hasta cierto punto autónomo de la obligación principal, pero es innegable que se realiza a cuenta de la liquidación anual de Sociedades, que se practica en julio para la mayoría de las entidades. Por ello, lo deseable es que se aproxime al resultado de ésta última y no, como ocurrirá, que se distancie de ella por exceso y por razones técnicamente indefendibles. El empleo del sistema de pagos fraccionados con finalidad distinta de la tributaria podría además hacer perder legitimidad al modelo de pagos a cuenta.
Más aún, es obvio que en estas circunstancias el saldo de las liquidaciones anuales de julio de 2012 estará inclinado en mucha mayor medida hacia las devoluciones, dado que el pago fraccionado no es sino un anticipo de tales liquidaciones. Pero la Administración tributaria dispone de seis meses para devolver. Es así que, en el caso general de ejercicio coincidente con el año natural, las devoluciones solicitadas por los contribuyentes podrán practicarse hasta enero de 2013 sin pagar intereses de demora, o incluso más tarde, con intereses sólo a partir de esta última fecha. Por tanto, mediante la elevación de los pagos fraccionados la Administración del Estado puede financiarse sin intereses desde 20 de octubre de 2011 (última fecha de ingreso del pago fraccionado de ese mes) y 20 de diciembre de 2011 (ídem para este tercer pago), hasta 25 de enero de 2013. Detraerá para ello recursos de las empresas privadas en su caso durante más de 15 meses (octubre) o más de 13 meses (diciembre). Esos meses transcurren a lo largo de tres años naturales, de manera que el anticipo tributario ahora requerido podría devolverse con cargo al presupuesto de 2013, lo que implica una evidente desvirtuación de las reglas constitucionales de presupuestación anual.
Si se confirman las medidas anunciadas, el Estado detraerá de manera imprevista un volumen muy importante de recursos del sector privado, perjudicando los calendarios de liquidez y los proyectos de inversión de muchas empresas convertidas de la noche a la mañana en sorprendidas y generosas prestamistas del Estado (a medio plazo y sin intereses), aprovechando el Gobierno para ello un vehículo tributario articulado con otra finalidad, y dañando con todo ello la seguridad jurídica y el sistema de expectativas de ciudadanos y empresas, exactamente lo contrario de lo que hoy necesita España para despejar las incógnitas sobre su futuro.
Salvador Ruiz Gallud. Socio director de Equipo Económico.
